Soluciones Legales

agosto 12, 2023

Contratos por prestación de servicios 2023

Diana López Lectura de 3min
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Para este  2023, el gobierno de Colombia, bajo el mandato del presidente Gustavo Petro, está llevando a cabo una revolución en la forma en la que los contratos por prestación de servicios se han estructurado en el sector público dentro del país a lo largo de los años. 

De acuerdo a lo manifestado por el actual gobierno, esta transformación busca mejorar la calidad de los contratos para los trabajadores, mejorar la seguridad jurídica, y optimizar los procesos para la realización de los mismos. 

En este blog abordaremos todos los aspectos relevantes sobre los contratos por prestación de servicios para este 2023.

 

¿Qué son los contratos por prestación de servicios en Colombia?

 

Los contratos por prestación de servicios son acuerdos entre dos partes para que una de ellas (el prestador de servicios) proporcione un servicio específico a otra parte (el contratante). Estos contratos especifican los términos y condiciones del servicio, como las obligaciones de cada parte, el precio del servicio, la forma de pago y la duración del contrato.

 

Características de los contratos por prestación de servicios:

 

  • Esta modalidad de contratación es una de las más comunes en el país y es de carácter civil y no laboral. 
  • No incluye cargas prestacionales, es decir, el contratante no asume el pago de vacaciones remuneradas, licencias de maternidad, pago a la seguridad social (salud, pensión y ARL), entre otras. Lo anterior debe ser asumido por el trabajador independiente. 
  • El trabajador no está obligado a cumplir horarios. 
  • No hay subordinación permanente.
  • Se rigen por cualquier monto.
  • Este tipo de contratos están regulados por el Código Civil o el Código de Comercio, según la actividad acordada a desarrollar por parte del trabajador.

 

¿Qué propone el nuevo gobierno para este tipo de contratos?

 

Con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los colombianos, el nuevo gobierno busca crear soluciones más sencillas y seguras tanto para empresas como para empleados y así, dignificar el empleo en todo el territorio nacional y evitar la privatización del empleo público.

Por lo anterior, el Departamento Administrativo de la Función Pública y Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, emitieron la Circular Conjunta No. 01 de 2023, la cual incluye los lineamientos para la celebración de contratos de prestación de servicios previstos en el Artículo 2, Numeral 4, Literal H de la Ley 1150 de 2007, vigencia 2023.

En la circular dirigida a los órganos, organismos y entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, se deja claro que para suscribir contratos por prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, se debe justificar en los estudios previos que las actividades que contratarán no pueden ser realizadas por el personal de planta, dado que dichas funciones requieren ser ejecutadas por personas con conocimientos especializados.

Además, la suscripción de los contratos con personas naturales no podrá ser mayor a cuatro meses, solo a excepción de las siguientes condiciones:

Se deberá indicar de forma expresa y clara las razones por las que resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de plata temporal. 

En conclusión, el Gobierno Nacional trabaja para priorizar la formación laboral del empleo público en todo el país, y dichos lineamientos de la circular mencionada en este artículo en párrafos anteriores, comenzaron a regir a partir de su publicación desde el pasado jueves 5 de enero del 2023 y deben ser aplicados en la contratación de todo este año. 

Si deseas una asesoría completa sobre contratos de prestación de servicios puede comunicarse con nosotros haciendo clic aquí, para nosotros como Grupo Soluciones Legales, será un gusto ayudarte.

Diana López

Derecho Comercial y de los Negocios

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