Hacer crecer su compañía lo más rápido posible es la meta de todo empresario, sin embargo, en el día a día y ante tantos compromisos y retos que se asumen dentro de las empresas, suele restársele importancia a asuntos legales que definitivamente deben gestionarse con mucha precaución. En Soluciones Legales, hemos conocido un alto número de casos de empresas que han cometido errores que al final pasan factura, por eso, queremos que tú como empresario tomes nota y evalúes cómo esta tu negocio frente los siguientes asuntos legales:
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Desconocimiento de normas tributarias DIAN
En Colombia, hay un refrán muy popular que reza: «Quiere correr antes de aprender a caminar». Se refiere a personas que se imponen metas por encima del crecimiento orgánico que debe tener todo proceso. Este comportamiento de hacer crecer negocios de manera atropellada es nocivo, ya que expone a la compañía a riesgos que generalmente terminan mal.
En este país, el pago de IVA o el impuesto sobre la renta son obligaciones ineludibles, cuyo incumplimiento puede acarrear costosas consecuencias. Además de los impuestos nacionales, están también los departamentales y municipales, que son pechados a determinado tipo de transacciones. Un equipo de expertos debe asesorar y mantener al día al gerente de cada empresa sobre las implicaciones de estos tributos.
Normas tributarias de la DIAN que se deben cumplir para hacer crecer los negocios
Dependiendo de la actividad productiva, del tamaño de la empresa e incluso de su ubicación, algunas de esas obligaciones pueden tener excepciones o variaciones para su cumplimiento. Todas las personas naturales o jurídicas tienen el compromiso de pagar impuestos nacionales, departamentales y municipales.
Revisemos a continuación la lista de normas que cualquier empresa tiene que cumplir y que todo gerente debe tener presente.
1. Declaración de renta.
Esta obligación se calcula sobre la base de los ingresos percibidos durante el ejercicio fiscal del año inmediatamente anterior. En el caso de las personas jurídicas, el plazo para declarar este impuesto sobre la renta transcurre entre el 12 de abril y el 7 de mayo. También entre el 9 y 23 de junio cuando se trate de pagos en ‘dos contados’ para aquellos con régimen especial.
2. Declaración de activos en el exterior.
No implica ningún pago en metálico. Sin embargo, las empresas tienen el deber de declarar ante las autoridades tributarias el tipo de activos que poseen en el exterior y especificar en qué país los tienen.
3. Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Si la empresa tiene ingresos iguales o superiores a $ 3.275.844.000, la declaración se hace cada 60 días. Si los ingresos señalados son inferiores a ese monto, entonces la declaración se rinde cada cuatrimestre.
4. Impuesto al consumo.
Es un tributo que debe declararse bimestralmente en una fecha que es asignada según el último dígito del NIT. Esto va a depender del tamaño de la compañía.
5. Retefuente.
Es una declaración que debe realizarse mensualmente. El día indicado se asigna según el último dígito del NIT. La DIAN anualmente emite un comunicado en el que informa los días precisos para declarar este tributo.
6. Impuesto al patrimonio.
Es una obligación que se paga en función de los activos que posee la compañía al momento de la declaración respectiva. También debe cancelarse en dos cuotas en los meses de mayo y septiembre, en lapsos de una semana. Cada contribuyente tendrá un día específico para la declaración según el último dígito del NIT.
7. Información exógena.
En el caso de la DIAN, debe consignarse esta información entre el 10 de mayo y el 7 de junio. Cada año, las autoridades fiscales publican el calendario de presentación que determinará un día según el último dígito del NIT.
Para los impuestos departamentales y municipales, el equipo legal conjuntamente con la gerencia de la empresa debe estar actualizado con los cronogramas de pago y las tarifas vigentes. En estas instancias de gobierno deben tenerse en cuenta al menos tres impuestos que son comunes en todo el país.
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Desconocer la normativa existente para crear empresa es un grave error que cometen los emprendedores cuando quieren arrancar un proyecto. Aquí es indispensable contar con el apoyo de profesionales como los de Soluciones Legales, ellos agilizan todo el proceso de forma segura.
A la hora de formar una compañía, se deben considerar estos pasos:
Parecen muchos pasos, pero con el apoyo de Soluciones Legales todo se hará de la manera correcta y profesional. Esto garantizará que el proceso se desarrolle con la menor cantidad de inconvenientes posible, escríbenos y conoce cómo podemos blindar tu negocio.
Uno de los aspectos más delicados es la contratación del recurso humano cuando se trata de crear o hacer crecer negocios. El apoyo de un abogado especializado en Derecho laboral es indispensable para no cometer omisiones, dejar vacíos en los contratos y respetar la normativa vigente.
La legislación colombiana es muy estricta y lo primero a considerar son las condiciones del contrato. En este deben estar perfectamente claras las pautas como horario de trabajo, pago de horas extra y las responsabilidades asignadas. Otros ítems son los días de pago, los aportes a los sistemas de salud y pensiones.
Antes de proceder a las contrataciones, la empresa debe estar inscrita y activa en estos sistemas. Es la única forma de que los empleados estén amparados desde un principio.
La ejecución del objeto social debe hacerse de forma paulatina, ya que durante la liquidación de la sociedad pueden subsistir obligaciones pendientes. Estos asuntos pueden requerir la existencia de la figura jurídica que responda por ellos.
Una vez cumplidos estos compromisos, el equipo legal debe asegurarse de concluir la ejecución. No cumplir todos los pasos requeridos puede acarrear la generación de nuevos impuestos de la DIAN y multas si no se honran oportunamente.
Pese a todos los errores anteriormente descritos, una gran oportunidad para hacer crecer tu negocio es considerar la oportunidad de ganar licitaciones con entidades estatales. Definitivamente contratar con empresas del sector público puede resultar estratégico.
Y es que ya son más de 15.430 entidades públicas y mixtas que, para su funcionamiento, deben contratar a múltiples personas y empresas del sector privado, así como a una infinidad de bienes y servicios requeridos, entre los que se encuentran:
Además, la oportunidad de negocio en contratación estatal al suministrar bienes y servicios es sostenible en el tiempo, ya que la contratación pública perdurará tanto como exista el estado.
Sin embargo, para participar en una licitación, es importante conocer qué diferencia a sus dos vertientes.
Principales diferencias entre los procesos de licitación para proyectos públicos y los procesos de licitación para proyectos privados:
LICITACIÓN PÚBLICA |
LICITACIÓN PRIVADA |
Procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione proceso estipulado en el que participa una administración y que además es sujeto a controles fiscales por la Contraloría general de la nación. |
La licitación privada es una figura similar a la licitación pública, pero las invitaciones se hacen en forma expresa a determinadas empresas y no por anuncio público. Estas empresas deben ser calificadas; seleccionadas en forma no discriminatoria; incluyendo, siempre que sea posible, a empresas elegibles extranjeras; e invitando a un número de empresas suficientemente amplio como para asegurar precios competitivos. |
Pero, para que una empresa sea candidata en una licitación, en el caso de las contrataciones que realice el Estado, la entidad que hace la convocatoria establece previamente las características del bien o servicio que está solicitando, a las cuales se deben ajustar quienes estén interesados en participar en la licitación y en dicha convocatoria.
Asimismo, pueden participar todas aquellas personas o empresas interesadas, que consideren que cuentan con las capacidades técnicas, administrativas y financieras para cumplir cabalmente con el objeto del contrato.
Finalmente, para hacer parte de un proceso licitatorio en las diferentes entidades públicas, es necesario cumplir con varios requisitos, tales como:
Solo podrán contratar con el Estado, las personas naturales o jurídicas que no se encuentren en curso en ninguna inhabilidad o incompatibilidad.
Como ves, existen diferentes errores ya sea por acción u omisión, que de cometerse pueden poner en serios aprietos las empresas colombianas.
Para que no te suceda y para que tu negocio no pare de crecer, ¡contáctanos ya! En Soluciones Legales te asignaremos un abogado especialista con más de 10 años de experiencia quien a su vez, tendrá a su disposición toda una firma de abogados -expertos en pequeñas y medianas empresas-, con el único objetivo de blindar tu compañía.