Soluciones Legales

diciembre 14, 2022

Liquidación de la prima de servicios: lo que debes saber

Alexander Grajales Lectura de 4min
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A poco tiempo de que se acabe el año, es fundamental recordar a las empresas y empleadores que tienen empleados con contrato laboral, que ya está próximo el pago de la prima de navidad, la cual es una obligación que debe ser pagada, de lo contrario, puede traer multas de 1 a 5.000 salarios mínimos legales vigentes.

La evasión de este pago de la prima de servicios, en este caso la prima de navidad, puede generar también que “los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago”. Lo anterior según el Ministerio de Trabajo.

En este blog abordaremos todos los aspectos que deben tener en cuenta tanto empleadores como empleados sobre la liquidación de la prima de servicios.

 

¿Qué es la prima de servicios?

La prima de servicios es una prestación social de pago obligatorio por parte de empleadores, al igual que las cesantías y las vacaciones, en resumidas cuentas, es un reconocimiento que debe hacerse 2 veces al año como compensación al trabajo realizado por parte del empleado por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado.

Este pago de la prima de servicios corresponde al equivalente a (15) quince días de salario.

 

¿Cuándo se debe realizar el pago de la prima?

De acuerdo a lo establecido en el Código Sustantivo de Trabajo, Artículo 306, la liquidación de la prima servicios a favor de todo empleado,  debe realizarse de la siguiente manera: 

  • La prima de servicios de mitad de año debe pagarse máximo el 30 de junio, esta comprende el período laborado entre el 1 de enero y el 30 de junio de cada año.
  • La prima de navidad debe pagarse a más tardar los primeros veinte días de diciembre, este segundo pago comprende el período laborado entre el 1 de julio y el 30 de diciembre de cada año.

 

 

¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de servicios en Colombia?

Este reconocimiento denominado prima de servicios debe ser pagado a:

  • Empleados con contrato laboral a término fijo o indefinido.
  • Trabajadores del servicio doméstico, establecido en la Ley 1788 de 2016.
  • Choferes de servicio familiar.
  • Trabajadores por días o trabajadores de fincas.
  • En general, trabajadores que cumplan con las condiciones de empleados dependientes. 

Vale la pena destacar que la prima de servicios no se liquida para los empleados con contrato de aprendizaje o contrato por prestación de servicios.

 

​​¿Cómo se calcula el pago?

Primero se deben tener en cuenta los días laborados por el trabajador en el primer semestre del año, después, el número de días debe multiplicarse por el sueldo base que recibe mensualmente el trabajador y finalmente, este resultado debe dividirse entre 360 y el resultado será el monto a recibir por el pago de la prima.

Para entender un poco más este cálculo, presentamos la siguiente fórmula:

 

X = número de días trabajados en el semestre X salario devengado

360

 

Si requieres más información sobre el pago de la prima de servicios, en Grupo Soluciones Legales contamos con un amplio equipo de abogados que están a tu disposición para ayudarte a resolver todas las dudas en el tema y guiarte en todo el proceso del pago de este recurso. 

 

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Alexander Grajales

Gerente General Soluciones Legales

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